Desde el punto de vista muy personal considero interesante esta lectura ya que nos menciona de nuevo la importancia y funciones del Estado, hace hincapié de cómo se lleva a cabo la función administrativa para la consecución de sus fines y de esta manera las actividades y los medios que se ordenan de acuerdo a diferentes criterios de eficiencia para dar lugar a la organización. También nos menciona que el ejercicio del poder publico parte de los fundamentos que expresamente señala la constitución los cuales determinan el alcance y contenido del poder estatal.
Nereida Patricia Sanchez Berber -
Desde mi punto de vista muy personal considero muy interesante este tema, ya que nos menciona aspectos muy importantes y uno de ellos es el principio de legalidad ya que se expresa en el sentido que todos los actos de las autoridades administrativas deben tener su base en las disposiciones legales, puesto que como hemos visto, las autoridades administrativas solo pueden hacer lo que se les autorice. También se comenta sobre la facultad reglamentaria que es un reglamento que debe ser expedido por una autoridad competente para este efecto, y solo esta autoridad puede hacerlo. En nuestro sistema jurídico federal la facultad reglamentaria esta reservada al Presidente de la Republica.
Nereida Patricia Sanchez Berber -
LA CIENCIA DE LA ADMINISTRACION
La ciencia de la administración estudia los aspectos relacionados al manejo y aplicación de decisiones de gobierno a la política. De esta manera ocupa de estudiar cuales serian las posibles soluciones para lograr una mejor organización administrativas, que sea más efectivas para lograr la consecución de los fines estatales. El estudio de las relaciones del Derecho Administrativo con otras disciplinas jurídicas se justifican por el hecho de la autonomía de esta, y además, en razón de la interpretación integral del sistema jurídico positivo, en tanto que las distintas ramas del derecho no pueden interpretarse de manera aislada, sino bajo un aspecto armónico, a fin de poder llenar algunas lagunas legislativas que pudieran existir. En esta medida, el derecho administrativo se relaciona con todas las disciplinas jurídicas de nuestro sistema, sin embargo, por ahora solo nos ocupamos de sus relaciones con el Derecho Constitucional, el Derecho Civil, el Derecho Tributario, el Derecho Penal y el Derecho Laboral.
Nereida Patrcia Sanchez Berber -
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y SOCIALES
MATERIA
DERECHO ADMINISTRATIVO
ALUMNA NEREIDA PATRICIA SANCHEZ BERBER
GRUPO 746
ENSENADA , B.C. A 25 DE AGOSTO DEL 2011
Desde el punto de vista muy particularl considero que el tema abordado sobre el capitulo anterior fue muy interesante, ya que nos podemos dar cuenta de cómo funciona nuestro Estado, es de suma importancia saber cómo se encuentra organizado, las funciones que realiza, sus fines sobre todo, ya que la misma sociedad es la que lo exige, en base a las necesidades que se requieren para así tener un buen funcionamiento, no debemos olvidar que el fin primordial del Estado viene a recaer en el ¨bien común¨. El mantenimiento de la estabilidad social, así como su seguridad e intereses son los que definen, al ¨bien común¨, el Estado tiene la función de crear las condiciones idóneas para que se desarrollen estas actividades, aclarando que no es función del Estado la satisfacción individual de las personas.
El Estado como Organización, se manifiesta a través de las funciones que realizan los diferentes órganos que dividen su estructura interna, así como también por las funciones y actos que realizan cada uno de estos. Sin embargo esas funciones y actos no son muy específicas, por sus procedimientos y sus distinciones con las otras, ya que el Derecho en ese aspecto no es muy claro. El fin del Estado debe ser determinante y muy preciso en su aplicación, aunque los fines del Estado han venido cambiando conforme a las diferentes épocas. El Estado como órgano funcional, es regulador y ejecutor de actividades, según diferentes conceptos sobre las funciones del Estado y sus actividades, tenemos que solo le corresponden actividades legislativas, al hablar de las atribuciones dentro del Estado, nos referimos a las actividades de policía, fomento y servicios, cada una de estas se encuentran encaminadas a desarrollar aspectos del Estado que, propicien el fin público, como fin primordial del Estado de Derecho. Los cometidos del Estado colocan como principal a todos aquellos que se enfocan a lo administrativo, funciones de justicia así como también funciones legislativas, así después se mencionan actividades básicas y las que satisfacen necesidades generales de la población. Además se habla de un administración pública que se encarga de la difusión y ejecución de esas normas y de proveer su exacta observancia de una organización judicial, cuya principal función será la solución de las controversias que se generen con la ayuda de la aplicación del Derecho. El Estado es una obra colectiva y artificial, creada para ordenar y servir a la sociedad. Su existencia se justifica por los fines que históricamente se le viene asignando. El Estado existe para realizar esos fines y se mantendrá en tanto se le encomienden esas metas. Con su fuerza irresistible, no puede prescindir de lo que es el alma de la organización política, su principio vital, su motor interno: el fin. Es la finalidad del Estado. Es la idea objetiva de un bien superior, que no puedan realizar las comunidades menores, la que une las voluntades de los miembros de la sociedad para constituirse en Estado. La actividad general del Estado, es lo que debe hacerse de acuerdo con el orden jurídico imperante en un país. En un país como el nuestro en el que se pretende alcanzar la verdadera democracia resulta insostenible la concentración en pocas manos, por lo que la función legislativa, pero sobre todo la función jurisdiccional y la administrativa, deben de una vez ser autónomas, sin perder la coordinación entre ellas que permita aspirar a lograr los fines del Estado, y por supuesto la autentica democracia. Independientemente de las concepciones teóricas, consideramos que el Estado es una realidad social, y a ella corresponde una realidad jurídica, con características específicas, que son: Es la organización política de una sociedad humana que corresponde a un tiempo y espacio determinados. Su realidad está constituida por los siguientes elementos: Una agrupación social humana, que viene a ser la población; Un territorio, que es la realidad físico-geográfica; Un orden jurídico; Soberanía, que implica independencia y autodeterminación; y Un gobierno.
Concluyendo que el Estado es la organización política de un país, es decir, la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población. Poder, territorio y pueblo o nación son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de Estado, de tal manera que éste se identifica indistintamente con cada uno de aquellos
Nereida Patricia Sanchez Berber -
Desde el punto de vista muy personal considero que al Estado le corresponde instrumentar todos los medios que sean necesarios para alcanzar la satisfacción de ese fin primordial por medio de sus funciones legislativas, ejecutivas y judiciales, ya que es la forma de la actividad del Estado que se manifiesta como expresión creadora de normas, como aplicación concreta de la ley, además se habla de un administración pública que se encarga de la difusión y ejecución de esas normas y de proveer su exacta observancia de una organización judicial, cuya principal función será la solución de las controversias que se generen con la ayuda de la aplicación del Derecho.
5 comentarios
Nereida Patricia Sanchez Berber -
También nos menciona que el ejercicio del poder publico parte de los fundamentos que expresamente señala la constitución los cuales determinan el alcance y contenido del poder estatal.
Nereida Patricia Sanchez Berber -
Nereida Patricia Sanchez Berber -
La ciencia de la administración estudia los aspectos relacionados al manejo y aplicación de decisiones de gobierno a la política. De esta manera ocupa de estudiar cuales serian las posibles soluciones para lograr una mejor organización administrativas, que sea más efectivas para lograr la consecución de los fines estatales.
El estudio de las relaciones del Derecho Administrativo con otras disciplinas jurídicas se justifican por el hecho de la autonomía de esta, y además, en razón de la interpretación integral del sistema jurídico positivo, en tanto que las distintas ramas del derecho no pueden interpretarse de manera aislada, sino bajo un aspecto armónico, a fin de poder llenar algunas lagunas legislativas que pudieran existir.
En esta medida, el derecho administrativo se relaciona con todas las disciplinas jurídicas de nuestro sistema, sin embargo, por ahora solo nos ocupamos de sus relaciones con el Derecho Constitucional, el Derecho Civil, el Derecho Tributario, el Derecho Penal y el Derecho Laboral.
Nereida Patrcia Sanchez Berber -
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y SOCIALES
MATERIA
DERECHO ADMINISTRATIVO
ALUMNA
NEREIDA PATRICIA SANCHEZ BERBER
GRUPO
746
ENSENADA , B.C. A 25 DE AGOSTO DEL 2011
Desde el punto de vista muy particularl considero que el tema abordado sobre el capitulo anterior fue muy interesante, ya que nos podemos dar cuenta de cómo funciona nuestro Estado, es de suma importancia saber cómo se encuentra organizado, las funciones que realiza, sus fines sobre todo, ya que la misma sociedad es la que lo exige, en base a las necesidades que se requieren para así tener un buen funcionamiento, no debemos olvidar que el fin primordial del Estado viene a recaer en el ¨bien común¨. El mantenimiento de la estabilidad social, así como su seguridad e intereses son los que definen, al ¨bien común¨, el Estado tiene la función de crear las condiciones idóneas para que se desarrollen estas actividades, aclarando que no es función del Estado la satisfacción individual de las personas.
El Estado como Organización, se manifiesta a través de las funciones que realizan los diferentes órganos que dividen su estructura interna, así como también por las funciones y actos que realizan cada uno de estos. Sin embargo esas funciones y actos no son muy específicas, por sus procedimientos y sus distinciones con las otras, ya que el Derecho en ese aspecto no es muy claro.
El fin del Estado debe ser determinante y muy preciso en su aplicación, aunque los fines del Estado han venido cambiando conforme a las diferentes épocas.
El Estado como órgano funcional, es regulador y ejecutor de actividades, según diferentes conceptos sobre las funciones del Estado y sus actividades, tenemos que solo le corresponden actividades legislativas, al hablar de las atribuciones dentro del Estado, nos referimos a las actividades de policía, fomento y servicios, cada una de estas se encuentran encaminadas a desarrollar aspectos del Estado que, propicien el fin público, como fin primordial del Estado de Derecho.
Los cometidos del Estado colocan como principal a todos aquellos que se enfocan a lo administrativo, funciones de justicia así como también funciones legislativas, así después se mencionan actividades básicas y las que satisfacen necesidades generales de la población.
Además se habla de un administración pública que se encarga de la difusión y ejecución de esas normas y de proveer su exacta observancia de una organización judicial, cuya principal función será la solución de las controversias que se generen con la ayuda de la aplicación del Derecho.
El Estado es una obra colectiva y artificial, creada para ordenar y servir a la sociedad. Su existencia se justifica por los fines que históricamente se le viene asignando. El Estado existe para realizar esos fines y se mantendrá en tanto se le encomienden esas metas. Con su fuerza irresistible, no puede prescindir de lo que es el alma de la organización política, su principio vital, su motor interno: el fin. Es la finalidad del Estado. Es la idea objetiva de un bien superior, que no puedan realizar las comunidades menores, la que une las voluntades de los miembros de la sociedad para constituirse en Estado. La actividad general del Estado, es lo que debe hacerse de acuerdo con el orden jurídico imperante en un país.
En un país como el nuestro en el que se pretende alcanzar la verdadera democracia resulta insostenible la concentración en pocas manos, por lo que la función legislativa, pero sobre todo la función jurisdiccional y la administrativa, deben de una vez ser autónomas, sin perder la coordinación entre ellas que permita aspirar a lograr los fines del Estado, y por supuesto la autentica democracia.
Independientemente de las concepciones teóricas, consideramos que el Estado es una realidad social, y a ella corresponde una realidad jurídica, con características específicas, que son:
Es la organización política de una sociedad humana que corresponde a un tiempo y espacio determinados.
Su realidad está constituida por los siguientes elementos:
Una agrupación social humana, que viene a ser la población;
Un territorio, que es la realidad físico-geográfica;
Un orden jurídico;
Soberanía, que implica independencia y autodeterminación; y
Un gobierno.
Concluyendo que el Estado es la organización política de un país, es decir, la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población. Poder, territorio y pueblo o nación son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de Estado, de tal manera que éste se identifica indistintamente con cada uno de aquellos
Nereida Patricia Sanchez Berber -