Como ya hemos visto a lo largo de la carrera, la Administración Publica le corresponde únicamente al órgano Ejecutivo, y como también hemos estudiado la Administración Publica es esa actividad que realiza el Estado para lograr sus fines. Pero esta figura es relativamente nueva dado que hasta antes del 21 de abril de 1981 no tenía existencia alguna. Según lo marca el autor, se ha llegado a la polémica para poder explicar a que entes se les ha otorgado la facultad de poder realizar la actividad administrativa, si se le reconoce a la persona física o a la institución en sí. Por eso, para resolver el problema se han creado la Teoría de la Representación y la Teoría del Órgano, las cuales se explican a continuación. Teoría de la Representación: Esta teoría separa los dos elementos que integran el órgano administrativo: A la persona jurídico-administrativa a la cual se le entrega la competencia, y el individuo físico que en representación de aquella manifiesta su voluntad. Esta teoría afirma que existe el acuerdo de voluntades por ambas partes, en la que el representado otorga la facultad al representante. Pero esta teoría es desechada ya que en este caso solo existe una voluntad. Teoría del Órgano: A grandes rasgos, esta teoría explica que no se deben separar los elementos, ya que se integran como una unidad con atribuciones y el elemento humano que manifiesta la voluntad del órgano. La Organización Administrativa: Para lograr el buen funcionamiento del Estado y que lleve a cabo sus funciones y lograr el bien común, se encuentra organizado y estructurado para separar sus actividades y que sea mejor el rendimiento, como lo marca la Constitución en su artículo 49. Sus formas de organización se divide en 3: la centralización, desconcentración y la descentralización.
Ana Karen Duran Buenrostro -
Segundo Reporte de Lectura
La Ciencia de la Administración
Según desde el punto de vista del autor, contempla al Estado como una empresa gigante, que consta con una organización determinada, funciones y actividades necesarias para la persecución de sus fines, la cual recibe el nombre de Administración. La ciencia de la Administración establece como debe de ser la Administración Pública para que pueda llevar a cabo todas sus funciones mientras que el Derecho Administrativo maneja la organización y como se regula la misma. El concepto administración ha evolucionado con el paso del tiempo, ya bien si en el principio se utilizaba como la acción de prestar algún servicio a otras personas. Después se modifico a los órganos que se encargaban de prestar servicios a la sociedad. Agrupando todo se llega a la conclusión que la ciencia de la administración es aquella que estudia la administración pública con la ayuda de otras ciencias sociales. Disciplinas que estudian la Administración Pública: Para ayudar a la mejor comprensión de la Administración Pública, esta se auxilia de las siguientes ciencias: la Economía ya que se pretende usar sus principios para que la administración haga buen uso de sus medios. La política porque la administración se relación con poder; la sociología porque estudia la relación de los individuos dentro de la esfera jurídica; y el Derecho para regular las relaciones de los gobernados. Concepto del Derecho Administrativo: Según he leído en el libro, se le dan varias concepciones al Derecho Administrativo dado su complejidad y porque se relaciona con otros aspectos como por ejemplo la legalidad, es decir su relación con las normas jurídicas. Otro punto es los servicios, ya que el Derecho Administrativo regula los servicios públicos que se le brindan a la sociedad. También se habla de una concepción formalista ya que la estructura del Derecho Administrativo tiene una organización y un funcionamiento ordenado. Como ya se habrá visto en materias anteriores, y como se ha venido repitiendo en el curso, el Derecho Administrativo es la rama del Derecho que estudia la Administración Pública; pero no es un proceso que se pueda hacer solo sino que trabaja en conjunto con otras ramas para darle una mejor interpretación y el poder llenar las lagunas que en dado caso pudieran presentarse al momento del estudio. Algunas de las ramas que suelen dar la mano al Derecho Administrativo son el Derecho Constitucional, ya que todas las normas que regulan la Administración Publica se derivan de la Constitución. Otra rama es el Derecho Tributario puesto que con él se regulan los impuestos que designa el Estado a los particulares. El derecho laboral entra en estas ramas, lógicamente porque con él se regulan las relaciones entre los funcionarios públicos y los puestos que estos desempeñan. El derecho procesal también tiene gran participación, ya que se debe de plantear el procedimiento que son regulados por las leyes administrativas. También aparece el procedimiento administrativo: proceso contencioso-administrativo.
Ana Karen Duran Buenrostro -
Primer Reporte de Lectura
La Actividad del Estado
Los fines del Estado
Primeramente, para poder razonar sobre la actividad del Estado, tenemos que saber la definición del mismo, según Maquiavelo el Estado viene de status, que significa estabilidad de situación. Para que exista el Estado debe haber una serie de elementos o condiciones.. Para poder llevar a cabo sus funciones, el Estado se encuentra estructurado de una manera que todos sus órganos realicen programas para la buena ejecución de actos y así poder lograr sus fines. Sin embargo esto nos conduce a un dilema pues desde los orígenes del Estado se ha debatido cuáles son sus fines realmente y si en verdad los tiene. Lo cual ha llevado a varios estudiosos del Derecho a indagar en las entrañas de este precepto para así llegar a la conclusión más convincente, el Estado si tiene fines y se puede reducir que persigue el bien común. Ya por ser un bien colectivo también recibe el nombre de bien público porque se trata de satisfacer las necesidades de una colectividad, y para lograrlo el Estado hace uso de sus funciones; sin embargo el satisfacer las necesidades individuales no le corresponde al Estado en sí, más bien solo brinda los instrumentos para que los particulares puedan lograrlo. Pero no solo se limita a satisfacer las necesidades actuales sino que su visión va más allá con la intención de perpetuar sus fines para las futuras generaciones pertenecientes a ese Estado al igual que perpetuar su propia existencia.
Las Funciones del Estado Para lograr obtener o materializar los fines del Estado, este hará uso de las funciones que le han sido otorgadas, ya sea como regulador de actividades o ejecutor de ellas. Según el autor Serra Rojas, la definición de función del Estado es son los medios o formas diversas que adopta el derecho para realizar los fines del Estado. Estas funciones se dividen en legislativa, ejecutiva y judicial. Inicialmente tenemos aquellos actos jurídicos que sirven para la creación de normas jurídicas. En segundo término, existen aquellos actos jurídicos que se utilizan o que sirven como administrador de los diferentes medios con los cuales se satisfacen las necesidades públicas. Y por último, están aquellos actos jurídicos los cuales el Estado resuelve los conflictos entre los particulares.
Función Legislativa: La función legislativa es la actividad de creación de leyes, es decir, normas jurídicas que deben contar con 3 elementos para que sea considerada como tal, estos son: 1.- Generalidad: se refiere que la aplicación de la norma será en general para todas las personas sin distinción ni particularidad alguna mientras dure su vigencia. 2.- Imperatividad: se basa en el sometimiento de las personas a ella. 3.- Coercitividad: es la aplicación de la ley aun en contra de los gobernados, y con la capacidad de utilizar la fuerza pública si se niega a su cumplimiento. Otra atribución que se le da a la función legislativa es que, el órgano que tutela esta función, es decir, el poder legislativo, es el único facultado para poder crear estas normas jurídicas y que estas puedan ser consideradas leyes con todos sus elementos.
Función Jurisdiccional: Esta función tiene como fin el respeto a la norma que fue creada por la función legislativa. Otro aspecto es que la función jurisdiccional solo puede ser realizada por los órganos judiciales que la Constitución establece conforme al artículo 94. Todo esto con el fin de mantener el orden jurídico y dar estabilidad a situaciones jurídicas entre los particulares.
Función Administrativa: Varios autores han entrado en conflicto al tratar de definir esta función, y la idea más lógica que utiliza el autor es como la ejecución de los actos que se manifiestan en cumplimiento del mandato legal, es decir la ejecución de la ley. Las características que la hacen diferente a las anteriores funciones son: la concreción, inmediatez, continuidad y espontaneidad.
Las Atribuciones del Estado: Son todas esas actividades o tareas que se asignan a cada órgano, las cuales se han ido modificando con el paso del tiempo, que como se sabe al principio la atribución del Estado era actuar como policía pero que lo obligan a no interferir en la esfera jurídica del particular, pero que ha ido evolucionando hasta llegar a un Estado Social de Derecho el cual es conciliar la libertad del individuo.
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Ana Karen Duran Buenrostro -
Los Órganos de la Administración Pública
Como ya hemos visto a lo largo de la carrera, la Administración Publica le corresponde únicamente al órgano Ejecutivo, y como también hemos estudiado la Administración Publica es esa actividad que realiza el Estado para lograr sus fines. Pero esta figura es relativamente nueva dado que hasta antes del 21 de abril de 1981 no tenía existencia alguna.
Según lo marca el autor, se ha llegado a la polémica para poder explicar a que entes se les ha otorgado la facultad de poder realizar la actividad administrativa, si se le reconoce a la persona física o a la institución en sí.
Por eso, para resolver el problema se han creado la Teoría de la Representación y la Teoría del Órgano, las cuales se explican a continuación.
Teoría de la Representación:
Esta teoría separa los dos elementos que integran el órgano administrativo:
A la persona jurídico-administrativa a la cual se le entrega la competencia, y el individuo físico que en representación de aquella manifiesta su voluntad. Esta teoría afirma que existe el acuerdo de voluntades por ambas partes, en la que el representado otorga la facultad al representante. Pero esta teoría es desechada ya que en este caso solo existe una voluntad.
Teoría del Órgano:
A grandes rasgos, esta teoría explica que no se deben separar los elementos, ya que se integran como una unidad con atribuciones y el elemento humano que manifiesta la voluntad del órgano.
La Organización Administrativa:
Para lograr el buen funcionamiento del Estado y que lleve a cabo sus funciones y lograr el bien común, se encuentra organizado y estructurado para separar sus actividades y que sea mejor el rendimiento, como lo marca la Constitución en su artículo 49.
Sus formas de organización se divide en 3: la centralización, desconcentración y la descentralización.
Ana Karen Duran Buenrostro -
La Ciencia de la Administración
Según desde el punto de vista del autor, contempla al Estado como una empresa gigante, que consta con una organización determinada, funciones y actividades necesarias para la persecución de sus fines, la cual recibe el nombre de Administración.
La ciencia de la Administración establece como debe de ser la Administración Pública para que pueda llevar a cabo todas sus funciones mientras que el Derecho Administrativo maneja la organización y como se regula la misma.
El concepto administración ha evolucionado con el paso del tiempo, ya bien si en el principio se utilizaba como la acción de prestar algún servicio a otras personas. Después se modifico a los órganos que se encargaban de prestar servicios a la sociedad. Agrupando todo se llega a la conclusión que la ciencia de la administración es aquella que estudia la administración pública con la ayuda de otras ciencias sociales.
Disciplinas que estudian la Administración Pública:
Para ayudar a la mejor comprensión de la Administración Pública, esta se auxilia de las siguientes ciencias: la Economía ya que se pretende usar sus principios para que la administración haga buen uso de sus medios. La política porque la administración se relación con poder; la sociología porque estudia la relación de los individuos dentro de la esfera jurídica; y el Derecho para regular las relaciones de los gobernados.
Concepto del Derecho Administrativo:
Según he leído en el libro, se le dan varias concepciones al Derecho Administrativo dado su complejidad y porque se relaciona con otros aspectos como por ejemplo la legalidad, es decir su relación con las normas jurídicas. Otro punto es los servicios, ya que el Derecho Administrativo regula los servicios públicos que se le brindan a la sociedad. También se habla de una concepción formalista ya que la estructura del Derecho Administrativo tiene una organización y un funcionamiento ordenado.
Como ya se habrá visto en materias anteriores, y como se ha venido repitiendo en el curso, el Derecho Administrativo es la rama del Derecho que estudia la Administración Pública; pero no es un proceso que se pueda hacer solo sino que trabaja en conjunto con otras ramas para darle una mejor interpretación y el poder llenar las lagunas que en dado caso pudieran presentarse al momento del estudio.
Algunas de las ramas que suelen dar la mano al Derecho Administrativo son el Derecho Constitucional, ya que todas las normas que regulan la Administración Publica se derivan de la Constitución.
Otra rama es el Derecho Tributario puesto que con él se regulan los impuestos que designa el Estado a los particulares.
El derecho laboral entra en estas ramas, lógicamente porque con él se regulan las relaciones entre los funcionarios públicos y los puestos que estos desempeñan.
El derecho procesal también tiene gran participación, ya que se debe de plantear el procedimiento que son regulados por las leyes administrativas. También aparece el procedimiento administrativo: proceso contencioso-administrativo.
Ana Karen Duran Buenrostro -
La Actividad del Estado
Los fines del Estado
Primeramente, para poder razonar sobre la actividad del Estado, tenemos que saber la definición del mismo, según Maquiavelo el Estado viene de status, que significa estabilidad de situación. Para que exista el Estado debe haber una serie de elementos o condiciones..
Para poder llevar a cabo sus funciones, el Estado se encuentra estructurado de una manera que todos sus órganos realicen programas para la buena ejecución de actos y así poder lograr sus fines.
Sin embargo esto nos conduce a un dilema pues desde los orígenes del Estado se ha debatido cuáles son sus fines realmente y si en verdad los tiene. Lo cual ha llevado a varios estudiosos del Derecho a indagar en las entrañas de este precepto para así llegar a la conclusión más convincente, el Estado si tiene fines y se puede reducir que persigue el bien común.
Ya por ser un bien colectivo también recibe el nombre de bien público porque se trata de satisfacer las necesidades de una colectividad, y para lograrlo el Estado hace uso de sus funciones; sin embargo el satisfacer las necesidades individuales no le corresponde al Estado en sí, más bien solo brinda los instrumentos para que los particulares puedan lograrlo. Pero no solo se limita a satisfacer las necesidades actuales sino que su visión va más allá con la intención de perpetuar sus fines para las futuras generaciones pertenecientes a ese Estado al igual que perpetuar su propia existencia.
Las Funciones del Estado
Para lograr obtener o materializar los fines del Estado, este hará uso de las funciones que le han sido otorgadas, ya sea como regulador de actividades o ejecutor de ellas. Según el autor Serra Rojas, la definición de función del Estado es son los medios o formas diversas que adopta el derecho para realizar los fines del Estado.
Estas funciones se dividen en legislativa, ejecutiva y judicial. Inicialmente tenemos aquellos actos jurídicos que sirven para la creación de normas jurídicas.
En segundo término, existen aquellos actos jurídicos que se utilizan o que sirven como administrador de los diferentes medios con los cuales se satisfacen las necesidades públicas.
Y por último, están aquellos actos jurídicos los cuales el Estado resuelve los conflictos entre los particulares.
Función Legislativa:
La función legislativa es la actividad de creación de leyes, es decir, normas jurídicas que deben contar con 3 elementos para que sea considerada como tal, estos son:
1.- Generalidad: se refiere que la aplicación de la norma será en general para todas las personas sin distinción ni particularidad alguna mientras dure su vigencia.
2.- Imperatividad: se basa en el sometimiento de las personas a ella.
3.- Coercitividad: es la aplicación de la ley aun en contra de los gobernados, y con la capacidad de utilizar la fuerza pública si se niega a su cumplimiento.
Otra atribución que se le da a la función legislativa es que, el órgano que tutela esta función, es decir, el poder legislativo, es el único facultado para poder crear estas normas jurídicas y que estas puedan ser consideradas leyes con todos sus elementos.
Función Jurisdiccional:
Esta función tiene como fin el respeto a la norma que fue creada por la función legislativa. Otro aspecto es que la función jurisdiccional solo puede ser realizada por los órganos judiciales que la Constitución establece conforme al artículo 94. Todo esto con el fin de mantener el orden jurídico y dar estabilidad a situaciones jurídicas entre los particulares.
Función Administrativa:
Varios autores han entrado en conflicto al tratar de definir esta función, y la idea más lógica que utiliza el autor es como la ejecución de los actos que se manifiestan en cumplimiento del mandato legal, es decir la ejecución de la ley. Las características que la hacen diferente a las anteriores funciones son: la concreción, inmediatez, continuidad y espontaneidad.
Las Atribuciones del Estado:
Son todas esas actividades o tareas que se asignan a cada órgano, las cuales se han ido modificando con el paso del tiempo, que como se sabe al principio la atribución del Estado era actuar como policía pero que lo obligan a no interferir en la esfera jurídica del particular, pero que ha ido evolucionando hasta llegar a un Estado Social de Derecho el cual es conciliar la libertad del individuo.